Guía de Lectura del fallo Fontevecchia


Guía de Lectura del Caso Fontevecchia
A partir de la lectura y el análisis del fallo “Min. de Relaciones Exteriores y Culto s/ informe sentencia en el caso Fontevecchia y D´amito vs. Argentina por la Corte IDH” (CSJN, 14/02/2017), resuelva las siguientes consignas:
1)         Relate, con sus palabras, los hechos más relevantes del caso, en no más de 10 (diez) renglones.
2)         Esta sentencia de la Corte Suprema tiene como antecedente una sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 29 de noviembre de 2011 (Corte IDH, Fontevecchia y otros v. Argentina), en la que se declara que el Estado argentino había violado el derecho a la libertad de expresión de los peticionantes, consagrado en el art. 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. ¿Qué hechos dieron lugar a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos? ¿Qué dispuso la Corte Interamericana como consecuencia de la declaración de responsabilidad internacional del Estado argentino? (Considerandos 1° a 3°)
3)         ¿Cómo llegan las actuaciones a la Corte Suprema de Justicia de la Nación? ¿Qué organismo se las remite? ¿Por qué? ¿A qué fines le son remitidas dicha actuaciones? (Considerando 4°)
4)         En el Considerando 6° la Corte Suprema afirma que “las sentencias de la Corte Interamericana, dictadas en procesos contenciosos contra el Estado argentino son, en principio, de cumplimiento obligatorio para este”. ¿Por qué la Corte Suprema enfatiza que las sentencias de la Corte IDH son obligatorias sólo “en principio”? Según la CSJN, ¿hay alguna excepción a esta regla? ¿Cuál/es?
5)         ¿Qué es la doctrina de la “cuarta instancia”? ¿Puede la Corte IDH actuar como una “cuarta instancia”, revisora de las sentencias de la Corte Suprema argentina? Según nuestra Corte Suprema, ¿actuó la Corte IDH en el caso Fontevecchia y otros v. Argentina como una “cuarta instancia”? ¿Por qué? ¿Qué valoración hace la Corte Suprema argentina de esta situación y qué consecuencia jurídica le atribuye? (Considerandos 8° a 11) ¿Está de acuerdo con la decisión de la Corte Suprema argentina? Justifique su respuesta.
6)         Investigue y explique el “principio de la competencia de la competencia” (Kompetenz-kompetenz). Según este principio, puede un tribunal nacional juzgar la “competencia” de un tribunal internacional? En este caso, ¿se pronunció la Corte Suprema argentina respecto de la competencia ejercida por la Corte IDH en el caso Fontevecchia y otros v. Argentina? En caso afirmativo, ¿qué dijo al respecto? (Lea atentamente los Considerandos 7° y 12 a 15? ¿Está de acuerdo?
7)         En el Considerando 10, la CSJN enfatiza “el rol de los tribunales internacionales de derechos humanos como actores subsidiarios”. ¿Qué significa que los tribunales internacionales de derechos humanos son actores subsidiarios? ¿Tiene alguna consecuencia para este caso? ¿A qué se refieren las doctrinas de la “cuarta instancia” y del “margen de apreciación nacional” mencionados por la CSJN en este Considerando? ¿Se relacionan con este caso? ¿Cómo? Justifique su respuesta y haga una valoración crítica.
8)         Según la Corte Suprema, ¿es posible en este caso cumplir con la sentencia de la Corte IDH y, en consecuencia, dejar sin efecto la sentencia dictada por la propia Corte Suprema en el caso Menem c/ Editorial Perfil, del año 2001? ¿Por qué? (Considerando 16)
9)         ¿Qué establece el artículo 27 de la Constitución Nacional? Según la CSJN ¿cómo se verían afectados los principios fundamentales del derecho público argentino si cumplieran con la sentencia de la Corte IDH en este caso? (Considerandos 16 a 19)
10)      Lea el art. 63.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y explique qué se entiende por “reparación”.
11)      La CSJN expresa que “[r]vocar la sentencia firme dictada por este Tribunal implica privarlo de su carácter de órgano supremo del Poder Judicial argentino y sustituirlo por un tribunal internacional, en clara transgresión a los art. 27 y 108 de la Constitución Nacional”. Haga una valoración crítica de este párrafo y responda:
a)     ¿Podría la Corte IDH solicitarle al Congreso de la Nación, en su carácter del cabeza del Poder Legislativo del país, la modificación de una ley que considera violatoria de la Convención Americana sobre Derechos Humanos? Ejemplifique.
b)     ¿Podría solicitarle al Poder Ejecutivo la modificación de un acto administrativo por la misma razón? Ejemplifique.
c)     ¿Y a la Corte Suprema, en su carácter de cabeza del Poder Judicial de la Nación? Ejemplifique.
d)     ¿Existe alguna diferencia en las tres situaciones señaladas precedentemente? Justifique su respuesta.
e)     Explique el requisito de “agotamiento de los recursos internos”, como exigencia para la intervención de la Comisión y la Corte IDH respectivamente. ¿Es compatible este requisito con una concepción de la cosa juzgada tan rígida que la torne inamovible? ¿Por qué?
12)      ¿Qué resuelve finalmente la mayoría de la CSJN? ¿Está de acuerdo con la decisión? Justifique su respuesta.
13)      En su voto en disidencia, el juez Maqueda resuelve dejar sin efecto la sentencia de la CSJN en el fallo Menem de 2001. En los argumentos de su voto en disidencia:
a)     ¿Qué alcance le otorga el juez Maqueda al art- 75 inc. 22 de la Constitución Nacional? (Considerando 3°)
b)      Investigue la jurisprudencia de la CSJN en los casos Cantos, Espósito y Derecho citados por el juez Maqueda en el Considerando 4°. ¿Coincide dicha jurisprudencia con la doctrina establecida por la CSJN en este fallo? ¿En qué se diferencia? En su opinión, ¿la decisión de la mayoría de la CSJN constituye un avance o un retroceso?
c)     ¿Qué es el principio pacta sunt servanda? Según el juez Maqueda, ¿pueden los Estados invocar su derecho interno para incumplir una obligación internacional? ¿Por qué? ¿En qué basa su afirmación? En su opinión, ¿la mayoría de la CSJN “invocó” una norma de derecho interno para incumplir el derecho internacional? En caso afirmativo, ¿qué norma invocó la mayoría de la CSJN? ¿Por qué su decisión violó el derecho internacional?
14) ¿Existe en nuestro país un mecanismo de ejecución de sentencias internacionales que condenan al Estado argentino por violaciones al derecho internacional producidas por el accionar del Poder Judicial? ¿Y en otros países?
15) Si Usted fuera juez de la Corte Suprema argentina, ¿qué hubiera decidido en este caso? ¿Por qué? ¿Cuáles habrían sido sus principales argumentos?


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